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Historias del canary wine: el Derecho y el vino

Sergio_logendio

La inmersión de Carlos Cólogan en ese rico fondo documental que atesora la familia, una inestimable herencia, le está permitiendo alumbrar pasajes interesantísimos, algo así como delicioso sorbos, sobre las relaciones comerciales del Archipiélago a través de lo que se podría denominar las historias del canary wine

Precisamente, hace escasos días se refería a una traducción que recibió en relación con el contrato de fletamiento de un navío que en el año de 1788 debía partir desde Tenerife con rumbo a Nueva York, luego a Filadelfia y nuevamente de regreso a la Isla.
El citado contrato, denominado charter partyen terminología anglosajona (carta o póliza de fletamiento), conduce a Carlos Cólogan a reflexionar sobre la función del Derecho en aquellos tiempos.

A propósito, explica que por entonces el “wine merchant” o comerciante del vino era “un poco abogado de sus intereses, autodidacta por pura necesidad, por supuesto políglota y un sinfíin de cualidades que sería imposible relacionar”. Y señala entre las virtudes de aquellos emprendedores que “como un autónomo de los de hoy en día, estos empresarios de antaño eran inasequibles al desaliento, pues uno tras otro los infortunios del mar arruinaban sus envíos”.

carlos cologan derecho del vino

Una de las páginas del documento

La redacción del contrato, en tres escasas páginas, amarraba al capitán para que cumpliera con su cometido que según precisa Cólogan “en principio era simple, pero al tiempo muy complejo, si tuviéramos capacidad de imaginar cómo eran aquellos frágiles bergantines”.

cólogan 1

Una ilustración del puerto de Boston

En cuanto a la naturaleza de los documentos “se transcribían desde ciudades como Londres donde el derecho marítimo estaba muy arraigado”. Tal era así que resultaba más conveniente contratar los seguros en la capital de Inglaterra “si se quería tener alguna posibilidad de cobrar algo”. y es que “el vino necesitaba del Derecho cuando en medio se encontraba algo tan peligroso como el océano. Las incertidumbres son menos cuando existen reglas que prevén cualquier circunstancias”.
Carlos Cólogan afirma que en este aspecto “los empresarios canarios vitivinícolas del XVIII eran verdaderos expertos y no dejo de pensar cómo es que esa sapiencia se perdió .

Y volviendo al relato de tan particular historia sobre el canary wine, Carlos Cólogan detalla sobre el particular contrato o charter party cómo el capitán Daniel, americano para más señas, fue quien lo firmó y subraya que cumplió con su parte, “zarpando desde el Puerto de la Orotava y llevando las pipas de vidueño hasta Nueva York. No me cuesta mucho imaginarlo navegando por el río Hudson para arribar a unos destartalados pantalanes de Manhattan“.
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